Reclama abuso de temporalidad
en España

Si eres o has sido funcionario interino, personal estatutario temporal, laboral temporal o indefinido no fijo en una Administración Pública, servicio de salud, universidad, ayuntamiento, empresa o entidad del sector público en España, tu situación puede ser susceptible de reclamación por abuso de temporalidad

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¿Quienes están afectados el abuso de temporalidad?

Personal laboral temporal

Profesorado asociado o sustituto de universidades públicas, administrativos temporales, monitores, conserjes, personal de limpieza, servicios múltiples y otros trabajadores laborales del sector público pueden encontrarse en situaciones de temporalidad abusiva. Según el caso, cabe estudiar el reconocimiento del abuso, una compensación y otras medidas de reparación

Funcionarios interinos

Profesores, auxiliares administrativos, trabajadores sociales, técnicos, arquitectos, ingenieros y otros funcionarios interinos pueden revisar si la duración o sucesión de sus nombramientos revela un uso abusivo de la temporalidad, así como las consecuencias de un eventual cese y las posibles vías de reclamación

Indefinidos no fijos

Administrativos, técnicos, informáticos, arquitectos, ingenieros y otros empleados de empresas, fundaciones y organismos públicos con condición de indefinido no fijo pueden necesitar un análisis adicional, ya que esa declaración no supone por sí sola que cualquier abuso previo haya quedado necesariamente reparado

Personal estatutario temporal

Médicos, enfermeros, TCAE, fisioterapeutas, psicólogos clínicos, celadores y otros profesionales de los servicios públicos de salud pueden tener opciones de reclamación cuando han encadenado nombramientos temporales o permanecido durante años en una situación de temporalidad prolongada

Situaciones que conviene revisar

Personal administrativo de entidades locales

Desempeñas desde hace años tareas administrativas ordinarias mediante contratos, nombramientos, sustituciones o coberturas de vacantes. Cuando una necesidad estable se atiende de forma temporal durante un periodo prolongado, conviene analizar cómo se ha utilizado esa temporalidad.

Personal vinculado a programas recurrentes

Has participado de forma temporal en programas sociales, educativos, culturales o comunitarios que se repiten o renuevan cada año. Si las funciones y la actividad persisten en el tiempo, puede ser necesario determinar si en realidad se está cubriendo una necesidad de carácter estable.

Profesorado asociado o sustituto

Has encadenado contratos temporales durante varios cursos para impartir docencia similar o atender necesidades que reaparecen cada año académico. En esas circunstancias puede ser recomendable estudiar si la contratación temporal está cubriendo funciones docentes de naturaleza permanente.

Profesionales de los servicios públicos de salud

Has prestado servicios durante años como profesional sanitario mediante nombramientos o contratos temporales sucesivos. Cuando la asistencia cubierta responde a necesidades continuadas del servicio, puede ser oportuno revisar la duración y el uso de la temporalidad.

Empleados de empresas y fundaciones públicas

Tras una contratación temporal prolongada se te ha reconocido como indefinido no fijo, pero tu situación sigue sin ofrecer una estabilidad equivalente a la de otros trabajadores. Las circunstancias concretas pueden justificar el análisis de posibles derechos o medidas adicionales.

Trabajadores sociales de entidades locales

Has trabajado durante años para una mancomunidad, ayuntamiento u otra entidad local con contratos o nombramientos temporales en áreas como servicios sociales, igualdad, juventud, empleo o atención ciudadana. Si esas funciones responden a necesidades continuadas, conviene revisar si la temporalidad utilizada se ajusta a la realidad del puesto.

¿Te reconoces en alguna de estas situaciones?

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¿Qué se puede reclamar?

La respuesta depende de tu vínculo, tu antigüedad y la forma en que se ha utilizado la temporalidad. Entre las posibles vías se encuentran:

1

Reconocimiento del abuso
Para que se declare que la temporalidad se empleó indebidamente al atender necesidades estructurales o permanentes

2

Fijeza
Puede plantearse en supuestos concretos, con especial relevancia de la forma de acceso y de los procesos selectivos superados

3

Indemnización por cese
Cuando la relación termina y la normativa aplicable reconoce una compensación por esa extinción

4

Indemnización por abuso
Como posible medida de reparación frente a los perjuicios causados por una temporalidad abusiva y prolongada

5

Daños materiales y morales
Cuando existan perjuicios económicos, profesionales o personales concretos y sea posible acreditarlos

Una iniciativa de Bufete Iribarren

Interinos España es una iniciativa de Bufete Iribarren Abogados orientada al estudio de situaciones de temporalidad en el empleo público. Liderada por Carolina Rodríguez, cuenta con el respaldo del equipo jurídico y de los profesionales que intervienen en la preparación y tramitación de cada asunto

Carolina Rodríguez
Responsable de Interinos España

¿Qué coste tiene estudiar y reclamar tu caso?

Te explicamos desde el principio qué fases puede requerir tu asunto y qué honorarios corresponden a cada una

Honorarios fijos

Estudio de viabilidad Paso 1

100€ + IVA

Hacemos una valoración jurídica inicial para comprobar si los datos de tu relación temporal justifican un estudio por posible abuso y qué vías podrían encajar en tu situación

Actuación extrajudicial Paso 2

Gratuita

Si el estudio de viabilidad es afirmativo iniciamos una solución por vía extrajudicial de forma totalmente gratuita

Actuación judicial Paso 3

500€ + IVA

Si la vía extrajudicial es insuficiente iniciamos la actuación judicial que incluye la dirección letrada y la representación procesal a través de procurador durante el procedimiento judicial

Honorarios en caso de éxito

Además de los honorarios fijos, se aplicarán honorarios variables en el caso de obtener un resultado favorable para el cliente tanto para las reclamaciones judiciales como extrajudiciales, ya sea mediante el reconocimiento de una indemnización económica o de una situación de estabilidad laboral. Saber más

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Preguntas frecuentes

Resolvemos algunas de las dudas que más se repiten en los casos de empleo público temporal. Si tu situación no encaja exactamente en estos supuestos, déjanos tus datos y te contactaremos

¿Es posible reclamar mientras sigo trabajando para la Administración?

Sí. El cese no es siempre un requisito previo. Una relación temporal prolongada puede analizarse mientras continúa vigente para determinar si existe abuso y qué consecuencias jurídicas podrían solicitarse.

¿Qué ocurre si mi relación temporal ya ha terminado?

El cese no impide por sí mismo estudiar una reclamación, pero es importante revisar la situación sin demora. La fecha y causa de la extinción, el vínculo mantenido y las actuaciones previas pueden condicionar las acciones disponibles y sus plazos.

¿Solo pueden reclamar los funcionarios interinos?

No. El posible abuso puede afectar también a personal laboral temporal, indefinidos no fijos, profesorado asociado, investigadores y trabajadores de fundaciones, empresas u otras entidades públicas.

La clave está en examinar la realidad de la relación laboral o administrativa: su duración, la sucesión de vínculos y la naturaleza de las funciones cubiertas.

¿Y si he prestado servicios en distintas Administraciones?

Puede ser posible. Cada periodo debe valorarse por separado, atendiendo a la Administración de destino, el tipo de relación, su duración y la documentación que permita reconstruir la trayectoria temporal.

¿Qué señales indican que conviene revisar mi situación?

Hay varios indicios que aconsejan un análisis más detallado:

  • Llevas varios años prestando servicios para la misma Administración o entidad pública.
  • Has acumulado contratos o nombramientos temporales sucesivos.
  • Tus tareas forman parte de la actividad ordinaria y continuada del servicio.
  • La plaza o necesidad cubierta permanece sin provisión definitiva durante un periodo prolongado.
  • Tu relación terminó después de años de servicios temporales.
  • Has superado un proceso selectivo vinculado a una plaza fija.
  • Se te ha reconocido la condición de indefinido no fijo.

Uno solo de estos indicios no demuestra automáticamente que exista abuso, pero su presencia puede hacer aconsejable una valoración jurídica individualizada.

¿La fijeza puede reclamarse en cualquier caso de temporalidad?

No. La viabilidad de esa pretensión depende de factores concretos, entre ellos la forma de acceso y los procesos selectivos superados. En situaciones distintas pueden resultar más adecuadas una compensación u otras medidas de reparación.

Si ya me han reconocido como indefinido no fijo, ¿queda todo resuelto?

No necesariamente. Esa declaración puede no reparar por completo una situación abusiva previa. Según el historial contractual y el resto de circunstancias, cabe estudiar otras consecuencias jurídicas o una posible compensación.

¿Son lo mismo la indemnización por cese y la reparación por abuso?

No. La primera se vincula a la extinción de la relación cuando la ley reconoce ese derecho; la segunda busca reparar los daños derivados de un uso abusivo y prolongado de la temporalidad. Dependiendo del caso, puede ser necesario valorar ambas cuestiones.

¿Qué vías existen para funcionarios interinos y personal estatutario temporal?

Con frecuencia estos asuntos se plantean ante la jurisdicción contencioso-administrativa. La estrategia concreta puede incluir el reconocimiento del abuso, la revisión de un cese, una compensación económica, determinados derechos o, cuando proceda, acciones de responsabilidad patrimonial.

¿Puede haber condena en costas?

Depende de la jurisdicción y del desarrollo del procedimiento. En la vía contencioso-administrativa existe un posible riesgo de costas; en la jurisdicción social las reglas son distintas. Esa cuestión debe explicarse de forma específica antes de iniciar acciones.

¿Qué documentos ayudan a valorar el caso?

Resultan especialmente útiles los contratos o nombramientos, la vida laboral, certificados de servicios, nóminas, comunicaciones de cese, bases de convocatorias, justificantes de procesos selectivos y resoluciones administrativas.

No necesitas reunirlo todo antes de contactar. La primera revisión puede comenzar con los datos esenciales y, a partir de ahí, indicarte qué documentación conviene localizar.

¿Cuanto cuesta reclamar?

Estudio de viabilidad

100 € + IVA

Realizamos una primera valoración jurídica para analizar si tu situación puede constituir un caso de abuso de temporalidad y cuáles podrían ser las posibles vías de reclamación.

Actuación extrajudicial

Gratuita

Si el estudio de viabilidad es afirmativo, iniciaremos las actuaciones necesarias para intentar alcanzar una solución por vía extrajudicial, sin ningún coste adicional.

Actuación judicial

500 € + IVA

Si la vía extrajudicial resulta insuficiente, iniciaremos la actuación judicial, que incluye la dirección letrada y la representación procesal a través de procurador durante el procedimiento judicial.

Honorarios variables en caso de éxito

Los honorarios variables, tanto en la vía judicial como en la extrajudicial, únicamente se devengan cuando se obtiene un resultado favorable para el cliente.

  • Indemnización económica: se aplicará un 20 % + IVA sobre el importe bruto de la indemnización finalmente reconocida mediante resolución firme.
  • Reconocimiento de fijeza o de una relación laboral estable: se aplicará un 10 % + IVA sobre una base equivalente a dos anualidades de las retribuciones brutas correspondientes al puesto reconocido.

Costas procesales

Si el procedimiento finaliza con condena en costas a la parte contraria, las cantidades percibidas por este concepto corresponderán a los profesionales intervinientes.

¿Cómo se calcula la parte variable si se reconoce fijeza o estabilidad?

Cuando el resultado favorable consiste en reconocer fijeza o una situación equivalente de estabilidad, y no en una indemnización, la parte variable se determina tomando como referencia el valor económico del puesto.

La base de cálculo equivale a dos anualidades de las retribuciones brutas del puesto reconocido. Sobre esa cantidad se aplica un 10 % + IVA.

Ejemplo orientativo

Con unas retribuciones brutas anuales de 30.000 €, dos anualidades suponen una base de 60.000 €.

Aplicando el 10 % + IVA sobre esa base, los honorarios variables serían de 6.000 € + IVA.

El importe final dependerá siempre de las circunstancias del asunto y de las retribuciones del puesto que finalmente se reconozca.

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